1-
Concepto de migraciones
La diferencia entre la emigración y la inmigración sólo consiste en
que el primer nombre se da a las personas que salen de un país y el segundo a
las personas que entran en otro país.
Las emigraciones son un fenómeno social,
económico, demográfico y legal, a la vez que político y se producen cuando un
individuo abandona su patria voluntariamente para establecerse en otro estado
con o sin intención de volver. Por lo tanto este concepto va inseparablemente
unido al de inmigración pues toda salida, produce la entrada en otro país.
2-
Impacto social, económico, demográfico y legal
2.1-Migraciones antiguas
Muchos autores no han considerado como
verdadera la emigración de los pueblos antiguos, aduciendo que sólo eran
movimientos de masas de población que buscaban medios de subsistencia fuera de
su pueblo; por ejemplo las emigraciones arias. Otras veces el éxodo era para
invadir otro pueblo, así las regiones fértiles de Europa fueron invadidas por
pueblos procedentes del norte de Alemania, Escandinavia, el Danubio y el norte
de Asia.
Las
más antiguas e importantes emigraciones dentro de Europa fueron las de los
fenicios, cartagineses, griegos y romanos; por tanto las emigraciones antiguas
afectaban a la forma de colonización; se puede decir que tenían un impacto
legal y político, ya que las colonias griegas
gozaban de una completa libertad y eran administradas por los propios
emigrados, mientras que las cartaginenses no tenían ningún tipo de autonomía.
Las
emigraciones romanas fueron diferentes, ya que sobre todo los soldados eran
emigrantes voluntarios que ya no servían para trabajar en el ejército y tenían
un carácter político militar, incluso social, porque evitaban disturbios en el
interior de Roma y creaban colonias dependientes que tenían sus fronteras
protegidas, con lo que se aseguraban la paz.
Con
la caída del Imperio Romano, una ola humana invadió los territorios que no
estaban defendidos, eran los pueblos del norte. Esta inmigración es conocida en
la historia como la invasión de los bárbaros del norte y una vez que los
hombres del otro lado del Rhin fueron unificados bajo el poder de Carlomagno,
dos nuevas corrientes de inmigración violentas aparecen en Europa: los
sarracenos que vienen de Asia y se instalan en las costas del Mediterráneo,
Francia y España y por otro lado los
normandos que procedentes de Escandinavia se instalan en Francia, en la zona de
Normandía; para pasar más tarde a Gran Bretaña que ya había sido invadida con
anterioridad por los anglo-sajones, una rama importante de la invasión germánica.
Algunos autores dicen que el carácter emigrante de Inglaterra tiene su origen
en este hecho, ya que la parte de origen celta buscaba su bienestar en la
emigración, por lo tanto se movían por motivos económicos y sociales; la parte
de origen anglosajona tiende a emigrar y crear colonias por lo tanto tiene un
carácter político-legal y los descendientes de los normandos siguen manteniendo
sus características emigratorias unidas a la aventura.
En
la Edad Media
hay un momento de calma migratoria en Europa, pero el sentimiento religioso de
Europa occidental le lleva a combatir en oriente dándole a este un carácter
político-social. Las cruzadas tienen, en su comienzo, un aspecto más acusado de
emigración a mano armada, violenta y con aspecto de conquista de pueblos
diferentes desde el punto de vista social, que de guerra religiosa.
En
esta época cuando una parte de un pueblo se alejaba de su residencia de origen
para dirigirse a otro lugar para mejorar su posición económico-social, no puede
aparecer ningún tipo de legislación sobre la propiedad. Será cuando se instaure
el sistema de propiedad privada y se considere a las familias como unidades
independientes; así como cuando se introduce el principio de la primogenitura
para conservar el patrimonio sin divisiones, cuando ya se empieza a legislar
desde el punto de vista comercial (fenicios, griegos, cartagineses), político
militar (romanos), gremial con privilegios especiales que otorga el país que
recibe a los inmigrantes (eclesiásticos, guerreros, jurisconsultos, artistas).
Será en la Edad Media
cuando aparece un sistema jurídico regulador de la emigración que se basa en el
“dominio eminente” atribuido al señor feudal y a la ciudad sobre todas las
posesiones de sus vasallos; los hombres libres podían emigrar pero antes tenían
que devolver todo su patrimonio al señor feudal o la ciudad, lo que llegó a
transformarse en el pago de un censo de emigración y que fue considerado como
un derecho civil reconocido por la legislación y la jurisprudencia.
Después
de esto hasta el descubrimiento del nuevo mundo no hay en Europa movimientos
migratorios significativos.
2.2-Migraciones
modernas
Se corresponden con el descubrimiento del
nuevo mundo y ante los nuevos conocimientos geográficos sobre África, Asia
meridional y Oceanía. Se produce una fiebre migratoria que rompe el régimen
feudal en Europa y provoca la dispersión de los emigrantes por todas las zonas
descubiertas.
A
América marchan comerciantes y pequeños industriales que se dedican a crear centro
de explotación y aventureros que atraídos, por la sed de oro de las minas del
norte y del sur de América, se trasladan a estos puntos desde Italia, Francia,
España, Inglaterra y Portugal; serán quienes funden los estados de América.
Pero
no solamente tenemos que hablar de aventureros, ya que también en esta época
hubo emigraciones por causas religiosas y políticas, como ocurrió en Francia
tras la revocación del edicto de Nantes y por las sangrientas acciones contra
los calvinistas, lo que hizo que en el reinado de Luis XIV un gran número de
comerciantes, industriales y científicos se tuvieran que trasladar a
Inglaterra, Países Bajos, Alemania y Suiza.
Dentro
de este tipo de migraciones también tenemos que nombrar las provocadas por las
persecuciones contra los católicos y que fueron dirigidas por los protestantes
en Inglaterra; así como las de los moriscos en España.
El
último hecho migratorio de la época moderna
se produce por el establecimiento de las manufacturas y los grandes centros
de producción, próximos a los lugares de consumo, concentrando la población
diseminada en un territorio y creando
poblaciones nuevas, en detrimento de la producción agrícola y de las zonas
rurales.
Cuando
el poder central se impuso al de los señores feudales se estableció un derecho administrativo propio de la
emigración, el estado legislaba y aplicaba la ley, dificultando la emigración y
facilitando la inmigración. Para impedir la primera se mantuvo la “gabella
emigrationis”, ahora como un derecho del rey y se llegó a prohibirla,
considerándose que si no tenía un permiso previo de la autoridad se transformaba
en un delito de traición y un atentado contra los intereses del soberano. Estas
ideas las recogía el edicto publicado por Luis XIV en 1669, vigente hasta 1791
y ratificado por Napoleón en 1811, prohibiendo a los franceses que emigrasen
sin autorización del gobierno que volvieran a Francia.
En
Inglaterra, hasta 1870, el súbdito inglés de nacimiento no podía serlo de otro
país, dictándose medidas contra los que se
habían nacionalizado en Estados Unidos. En Austria José II en una ley de
1784, ordenó confiscar los bienes y condenar a tres años de trabajos forzados a
los emigrantes sin autorización.
En
contra de este criterio y para acrecentar el poder de algunos estados mediante
la adquisición y constitución de colonias en ultramar, se favoreció la emigración
a estas considerando que en este caso los que se iban no salían del estado, ya
que estas formaban parte de la madre patria.
Tal
vez esta doble política hace que desde 1870 a 1900 se calcula que más de 17 millones
de europeos emigraron. Unos 6 millones de ingleses, 3 millones y medio de
italianos, 2,35 millones de alemanes, 1,37 millones de austrohúngaros y 1,3
millones de españoles fueron los que hacen que estas estadísticas de emigrantes
sean tan importantes.
2.3-
Migraciones contemporáneas
A
partir de 1910, si retomamos las emigraciones de España, podemos contar con el
siguiente mapa donde se muestran las principales regiones desde donde salieron
más individuos hacia otros países:
Tasa bruta de emigración en 1910 en
España, por provincias
En
cuanto a la legislación, la pena de confiscación de bienes impuesta
antiguamente a los que emigraban, quedó abolida en la Constitución de
Cádiz; posteriormente la Real Orden
de 16 de septiembre de 1853 permitió la emigración a los estados de América del
sur, a México y a las colonias españolas, determinando las condiciones que
debían reunir los emigrantes, las garantías de las empresas y de los buques de
transporte.
La
legislación posterior se fundamenta en la ley del 21 de diciembre de 1907 de
carácter tutelar y que tiende a restringir la emigración. El consejo superior
de emigración, el negociado de emigración (1912), las juntas locales de
emigración, la inspección de la emigración, los consulados españoles en el
extranjero, son instituciones que velaban porque todos los aspectos
considerados importantes en esta época
fuesen respetados.
Respecto
de los movimientos migratorios, existen estudios sobre el destino de los
emigrantes europeos en estas fechas:
- Emigración desde
- España a Paraguay, Venezuela, Colombia, Chile, Brasil, Argentina, Uruguay, Cuba y México
- Portugal a Brasil, Venezuela y Estados Unidos
- Italia a Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Uruguay, Venezuela y Estados Unidos
- Alemania a Argentina, Chile, Brasil, Colombia, Uruguay, Estados Unidos y Paraguay.
- Croacia a Chile, Argentina y Brasil
- Irlanda a Estados Unidos, Argentina, México y Brasil.
- Suecia a Estados Unidos, Canadá, Brasil y Argentina.
- Reino Unido a Estados Unidos, Chile, Argentina y Brasil.
- Emigraciones intraeuropeas
Desde
el punto de vista legislativo, con la instauración del nuevo orden político-civil
que caracteriza a la época contemporánea, se proclamó el principio de la
libertad de emigración que es consecuencia de: el de la igualdad jurídica de
todos los ciudadanos y de que la emigración es una válvula de seguridad para el
peligro del exceso de población. Siguiendo éste principio los gobiernos tienen
el deber de prestar ayuda al emigrante pero exigen que estos no se desplacen
sin su supervisión.
La
primera ley que se ocupó del transporte de emigrantes en buques fue la inglesa
de 1825, pero la ley que ha servido de modelo para todas las posteriores fue la
de Hamburgo del 14 de enero de 1887, que estableció las condiciones higiénicas,
de aprovisionamiento y demás características que deberían reunir los buques y
el código penal alemán castigaba con prisión la llamada a la emigración con
promesas falsas.
Es
importante señalar que en la actualidad existe un acuerdo básico entre los Estados
miembros europeos para abordar las cuestiones de, sobre todo, la inmigración;
porque desde 1950 Europa no ha dejado de ser receptora de inmigrantes, en este
momento podían ser 11 millones regularizados. Los gobiernos de Francia,
Alemania, Bélgica, Holanda y Luxemburgo firmaron el 14 de junio de 1985 el
Acuerdo de Schengen con el que se pretendía reforzar la cooperación policial y
judicial entre estos estados con el objetivo de suprimir las fronteras
interiores y reforzar las exteriores. El convenio de aplicación fue firmado en
1990 y entró en vigor en 1995 y posteriormente se han incorporado al mismo
Italia, España, Portugal, Grecia, Austria, Dinamarca, Suecia y Finlandia.
La
institución europea que actúa como responsable de las políticas de inmigración
es la Comisión Europea
pero sus propuestas más importantes continúan sin ser aprobadas, porque los
acuerdos que se alcanzan son mucho menos ambiciosos que las ponencias que
presenta la Presidencia
de dicha Comisión; ya que los intereses de los diferentes países a la hora de
tomar decisiones pesan mucho más que las propuestas de este organismo.
Ya
que nos hemos referido anteriormente a España debemos de indicar que según
datos del Eurostat en el año 2001 fue el país de la UE que más inmigrantes acogió
el 24% de los que entraron en Europa, aunque el 47% de su población extranjera
legal procede de la UE (
personas de la 3ª edad que se instalan en nuestro país) pero estos porcentajes
han ido disminuyendo con el paso de los años y en este momento son los
emigrantes de Marruecos, Ecuador, Colombia, China, Perú y Rumania.
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