lunes, 3 de marzo de 2014

Luces y sombras de las emigraciones en Europa

1- Concepto de migraciones
       La diferencia entre la  emigración y la inmigración sólo consiste en que el primer nombre se da a las personas que salen de un país y el segundo a las personas que entran en otro país.
 Las emigraciones son un fenómeno social, económico, demográfico y legal, a la vez que político y se producen cuando un individuo abandona su patria voluntariamente para establecerse en otro estado con o sin intención de volver. Por lo tanto este concepto va inseparablemente unido al de inmigración pues toda salida, produce la entrada en otro país.

2- Impacto social, económico, demográfico y legal
   
     2.1-Migraciones antiguas
        Muchos autores no han considerado como verdadera la emigración de los pueblos antiguos, aduciendo que sólo eran movimientos de masas de población que buscaban medios de subsistencia fuera de su pueblo; por ejemplo las emigraciones arias. Otras veces el éxodo era para invadir otro pueblo, así las regiones fértiles de Europa fueron invadidas por pueblos procedentes del norte de Alemania, Escandinavia, el Danubio y el norte de Asia.
Las más antiguas e importantes emigraciones dentro de Europa fueron las de los fenicios, cartagineses, griegos y romanos; por tanto las emigraciones antiguas afectaban a la forma de colonización; se puede decir que tenían un impacto legal y político, ya que las colonias griegas  gozaban de una completa libertad y eran administradas por los propios emigrados, mientras que las cartaginenses no tenían ningún tipo de autonomía.
Las emigraciones romanas fueron diferentes, ya que sobre todo los soldados eran emigrantes voluntarios que ya no servían para trabajar en el ejército y tenían un carácter político militar, incluso social, porque evitaban disturbios en el interior de Roma y creaban colonias dependientes que tenían sus fronteras protegidas, con lo que se aseguraban la paz.
Con la caída del Imperio Romano, una ola humana invadió los territorios que no estaban defendidos, eran los pueblos del norte. Esta inmigración es conocida en la historia como la invasión de los bárbaros del norte y una vez que los hombres del otro lado del Rhin fueron unificados bajo el poder de Carlomagno, dos nuevas corrientes de inmigración violentas aparecen en Europa: los sarracenos que vienen de Asia y se instalan en las costas del Mediterráneo, Francia y España  y por otro lado los normandos que procedentes de Escandinavia se instalan en Francia, en la zona de Normandía; para pasar más tarde a Gran Bretaña que ya había sido invadida con anterioridad por los anglo-sajones, una rama importante de la invasión germánica. Algunos autores dicen que el carácter emigrante de Inglaterra tiene su origen en este hecho, ya que la parte de origen celta buscaba su bienestar en la emigración, por lo tanto se movían por motivos económicos y sociales; la parte de origen anglosajona tiende a emigrar y crear colonias por lo tanto tiene un carácter político-legal y los descendientes de los normandos siguen manteniendo sus características emigratorias unidas a la aventura.
En la Edad Media hay un momento de calma migratoria en Europa, pero el sentimiento religioso de Europa occidental le lleva a combatir en oriente dándole a este un carácter político-social. Las cruzadas tienen, en su comienzo, un aspecto más acusado de emigración a mano armada, violenta y con aspecto de conquista de pueblos diferentes desde el punto de vista social, que de guerra religiosa.
En esta época cuando una parte de un pueblo se alejaba de su residencia de origen para dirigirse a otro lugar para mejorar su posición económico-social, no puede aparecer ningún tipo de legislación sobre la propiedad. Será cuando se instaure el sistema de propiedad privada y se considere a las familias como unidades independientes; así como cuando se introduce el principio de la primogenitura para conservar el patrimonio sin divisiones, cuando ya se empieza a legislar desde el punto de vista comercial (fenicios, griegos, cartagineses), político militar (romanos), gremial con privilegios especiales que otorga el país que recibe a los inmigrantes (eclesiásticos, guerreros, jurisconsultos, artistas). Será en la Edad Media cuando aparece un sistema jurídico regulador de la emigración que se basa en el “dominio eminente” atribuido al señor feudal y a la ciudad sobre todas las posesiones de sus vasallos; los hombres libres podían emigrar pero antes tenían que devolver todo su patrimonio al señor feudal o la ciudad, lo que llegó a transformarse en el pago de un censo de emigración y que fue considerado como un derecho civil reconocido por la legislación y la jurisprudencia.
Después de esto hasta el descubrimiento del nuevo mundo no hay en Europa movimientos migratorios significativos.


2.2-Migraciones modernas
          Se corresponden con el descubrimiento del nuevo mundo y ante los nuevos conocimientos geográficos sobre África, Asia meridional y Oceanía. Se produce una fiebre migratoria que rompe el régimen feudal en Europa y provoca la dispersión de los emigrantes por todas las zonas descubiertas.
A América marchan comerciantes y pequeños industriales que se dedican a crear centro de explotación y aventureros que atraídos, por la sed de oro de las minas del norte y del sur de América, se trasladan a estos puntos desde Italia, Francia, España, Inglaterra y Portugal; serán quienes funden los estados de América.
Pero no solamente tenemos que hablar de aventureros, ya que también en esta época hubo emigraciones por causas religiosas y políticas, como ocurrió en Francia tras la revocación del edicto de Nantes y por las sangrientas acciones contra los calvinistas, lo que hizo que en el reinado de Luis XIV un gran número de comerciantes, industriales y científicos se tuvieran que trasladar a Inglaterra, Países Bajos, Alemania y Suiza.
Dentro de este tipo de migraciones también tenemos que nombrar las provocadas por las persecuciones contra los católicos y que fueron dirigidas por los protestantes en Inglaterra; así como las de los moriscos en España.
El último hecho migratorio de la época moderna  se produce por el establecimiento de las manufacturas y los grandes centros de producción, próximos a los lugares de consumo, concentrando la población diseminada en un  territorio y creando poblaciones nuevas, en detrimento de la producción agrícola y de las zonas rurales.
Cuando el poder central se impuso al de los señores feudales se estableció un  derecho administrativo propio de la emigración, el estado legislaba y aplicaba la ley, dificultando la emigración y facilitando la inmigración. Para impedir la primera se mantuvo la “gabella emigrationis”, ahora como un derecho del rey y se llegó a prohibirla, considerándose que si no tenía un permiso previo de la autoridad se transformaba en un delito de traición y un atentado contra los intereses del soberano. Estas ideas las recogía el edicto publicado por Luis XIV en 1669, vigente hasta 1791 y ratificado por Napoleón en 1811, prohibiendo a los franceses que emigrasen sin autorización del gobierno que volvieran a Francia.
En Inglaterra, hasta 1870, el súbdito inglés de nacimiento no podía serlo de otro país, dictándose medidas contra los que se  habían nacionalizado en Estados Unidos. En Austria José II en una ley de 1784, ordenó confiscar los bienes y condenar a tres años de trabajos forzados a los emigrantes sin autorización.
En contra de este criterio y para acrecentar el poder de algunos estados mediante la adquisición y constitución de colonias en ultramar, se favoreció la emigración a estas considerando que en este caso los que se iban no salían del estado, ya que estas formaban parte de la madre patria.
Tal vez esta doble política hace que desde 1870 a 1900 se calcula que más de 17 millones de europeos emigraron. Unos 6 millones de ingleses, 3 millones y medio de italianos, 2,35 millones de alemanes, 1,37 millones de austrohúngaros y 1,3 millones de españoles fueron los que hacen que estas estadísticas de emigrantes sean tan importantes.





2.3- Migraciones contemporáneas
         A partir de 1910, si retomamos las emigraciones de España, podemos contar con el siguiente mapa donde se muestran las principales regiones desde donde salieron más individuos hacia otros países:




 
     Tasa bruta de emigración en 1910 en España, por provincias

En cuanto a la legislación, la pena de confiscación de bienes impuesta antiguamente a los que emigraban, quedó abolida en la Constitución de Cádiz; posteriormente la Real Orden de 16 de septiembre de 1853 permitió la emigración a los estados de América del sur, a México y a las colonias españolas, determinando las condiciones que debían reunir los emigrantes, las garantías de las empresas y de los buques de transporte.
La legislación posterior se fundamenta en la ley del 21 de diciembre de 1907 de carácter tutelar y que tiende a restringir la emigración. El consejo superior de emigración, el negociado de emigración (1912), las juntas locales de emigración, la inspección de la emigración, los consulados españoles en el extranjero, son instituciones que velaban porque todos los aspectos considerados importantes en esta  época fuesen respetados.
Respecto de los movimientos migratorios, existen estudios sobre el destino de los emigrantes europeos en estas fechas:
Desde el punto de vista legislativo, con la instauración del nuevo orden político-civil que caracteriza a la época contemporánea, se proclamó el principio de la libertad de emigración que es consecuencia de: el de la igualdad jurídica de todos los ciudadanos y de que la emigración es una válvula de seguridad para el peligro del exceso de población. Siguiendo éste principio los gobiernos tienen el deber de prestar ayuda al emigrante pero exigen que estos no se desplacen sin su supervisión.
La primera ley que se ocupó del transporte de emigrantes en buques fue la inglesa de 1825, pero la ley que ha servido de modelo para todas las posteriores fue la de Hamburgo del 14 de enero de 1887, que estableció las condiciones higiénicas, de aprovisionamiento y demás características que deberían reunir los buques y el código penal alemán castigaba con prisión la llamada a la emigración con promesas falsas.
Es importante señalar que en la actualidad existe un acuerdo básico entre los Estados miembros europeos para abordar las cuestiones de, sobre todo, la inmigración; porque desde 1950 Europa no ha dejado de ser receptora de inmigrantes, en este momento podían ser 11 millones regularizados. Los gobiernos de Francia, Alemania, Bélgica, Holanda y Luxemburgo firmaron el 14 de junio de 1985 el Acuerdo de Schengen con el que se pretendía reforzar la cooperación policial y judicial entre estos estados con el objetivo de suprimir las fronteras interiores y reforzar las exteriores. El convenio de aplicación fue firmado en 1990 y entró en vigor en 1995 y posteriormente se han incorporado al mismo Italia, España, Portugal, Grecia, Austria, Dinamarca, Suecia y Finlandia.
La institución europea que actúa como responsable de las políticas de inmigración es la Comisión Europea pero sus propuestas más importantes continúan sin ser aprobadas, porque los acuerdos que se alcanzan son mucho menos ambiciosos que las ponencias que presenta la Presidencia de dicha Comisión; ya que los intereses de los diferentes países a la hora de tomar decisiones pesan mucho más que las propuestas de este organismo.

Ya que nos hemos referido anteriormente a España debemos de indicar que según datos del Eurostat en el año 2001 fue el país de la UE que más inmigrantes acogió el 24% de los que entraron en Europa, aunque el 47% de su población extranjera legal procede de la UE( personas de la 3ª edad que se instalan en nuestro país) pero estos porcentajes han ido disminuyendo con el paso de los años y en este momento son los emigrantes de Marruecos, Ecuador, Colombia, China, Perú y Rumania.

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